NUEVO SERVICIO DE INFORMACIÓN SOBRE PLANILLA ELECTRÓNICA A FAVOR DE ENTIDADES DEL ESTADO
Por medio del Decreto Supremo N° 016-2020-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 03 de febrero de 2020, se crea el servicio de información denominado “Consulta de sociedades que ha registrado la Planilla Electrónica de sus trabajadores” del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual será brindado de manera gratuita y permanente a las entidades de la Administración Pública, a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE) y tendrá como único requisito el número de R.U.C. de la empresa.
En consecuencia, diversas entidades del Estado ahora tienen mayor acceso a la información laboral de las empresas, pudiendo iniciarse fiscalizaciones en diversas materias a partir de dicha información.
FIN DEL HORARIO DE VERANO PUEDE GENERAR EL PAGO DE HORAS EXTRAS
Mediante la Casación Laboral N° 11188-2017-Callao, la Corte Suprema se ha pronunciado sobre el caso en que el horario de verano se implementa, sin que el empleador haya comunicado a los trabajadores, de forma oportuna, su periodo de vigencia.
En ese caso, se ha establecido que, si el empleador elimina el horario de verano, ello podría implicar una ampliación de la jornada de trabajo, teniendo como consecuencia el pago de horas extras y su incidencia en beneficios sociales y previsionales.
EL RETIRO DE CONFIANZA NO ACARREA EL PAGO DE INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO ARBITRARIO
Mediante la Casación N° 13704-2017-Lima, la Corte Suprema ha ratificado el criterio señalado en el Sétimo Pleno Jurisdiccional Laboral Supremo, en el sentido de que el retiro de confianza es una causal de extinción del vínculo laboral, que consiste en una decisión subjetiva del empleador.
Por tanto, si a un trabajador que ingresó directamente a un puesto de confianza o de dirección, le es comunicado su cese por retiro de confianza, no le corresponderá el pago de la indemnización por despido arbitrario establecida legalmente.