Criterios para determinar el nivel de riesgo en materia de seguridad y salud en el trabajo, y graduar la sanción de cierre temporal
Por Resolución Ministerial N° 034-2020-TR, publicada el 17 de febrero de 2020, se han dictado los siguientes criterios que orientarán la labor de fiscalización laboral, a fin de determinar el nivel de riesgo en materia de seguridad y salud en el trabajo, y graduar la sanción de cierre temporal:
I. Criterios para determinar el nivel de riesgo
- Finalidad
Determinar el nivel de riesgo es necesario para aplicar medidas inspectivas de:
- Paralización y/o prohibición de trabajos o tareas; y/o,
- Cierre temporal del área de una unidad económica o una unidad económica.
- Nivel de Riesgo
El riesgo se califica por niveles. Para ello, se debe seguir el siguiente procedimiento:
- Identificación de los peligros relacionados al trabajo o tarea.
- Evaluación del nivel de riesgo para cada peligro identificado.
Para determinar el Nivel de Riesgo, se debe tener en cuenta cuál es la probabilidad de que se configure un daño y la severidad del daño. La probabilidad toma en cuenta criterios tales como el índice de personas expuestas y su capacitación y entrenamiento. La severidad considera las consecuencias (por ejemplo, una lesión con incapacidad temporal) del hecho real o hipotético (por ejemplo, accidente de trabajo).
La estimación del nivel del riesgo es determinada por el producto de la probabilidad y la severidad, pudiendo calificarse como Importante o Intolerable.